Oscar Garrido - San Bernardo, Santiago: Necesito saber cuales son la vacaciones que le corresponden a un asistente de educación, como también saber si me corresponden días de permiso administrativos y cuantos.
- El feriado legal de los asistentes de la educación ("vacaciones") es de quince días hábiles, las que se otorgan entre enero y febrero de cada año.
- Las vacaciones de invierno de los escolares no son vacaciones para los asistentes de la educación. No obstante lo anterior, hay lugares en los cuales los asistentes tienen un permiso con goce de sueldo por parte o el total de los días de vacaciones de los alumnos, debido a que el beneficio forma parte de un contrato o convenio colectivo, es dado por propia iniciativa del empleador o ha sido otorgado por a lo menos dos años, transformádose en un derecho tácitamente adquirido.
- Los asistentes de la educación no tienen por ley "permisos administrativos".
- Al igual que en el caso de las "vacaciones", existen lugares en los cuales los asistentes tienen "permisos administrativos" como un beneficio de un contrato o convenio colectivo, son otorgados por propia iniciativa del empleador o han sido dados reiteradamente, transformándose en un derecho tácitamente adquirido.
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