Alexis Poblete: Estoy haciendo un reemplazo desde el 1 de julio al 31 de julio. Tuvimos dos semanas de vacaciones de invierno. ¿Me corresponde el pago de todo el sueldo o solo los días trabajados?
1.- Asumimos que por escrito quedó establecido en tu contrato la fecha de inicio y de término del reemplazo.
1.- Asumimos que por escrito quedó establecido en tu contrato la fecha de inicio y de término del reemplazo.
2.- Si efectivamente la duración del contrato va desde el 1 al 31 de julio sí te corresponde el pago de todo el mes, independientemente de que el empleador te haya otorgado dos semanas de vacaciones.
Feduc