miércoles, 2 de noviembre de 2011

N°20: REAJUSTE DEL SECTOR PUBLICO DIFERENCIADO

Talcahuano, Concepción - 02/11/2011: Trabajo en un colegio Particular Subvencionado como encargada de Enlaces. El reajuste del año pasado fue de 4.2% para la gran mayoría del personal considerando a docentes y la mayoría de asistentes pero a mi solo me hicieron un reajuste de 2.1% y en abril para todos los asistentes y los docentes en diciembre.¿ Es esto correcto o no? Andrea Parra

1.- Por  efecto de la ley 20.486 en diciembre de 2010 los profesores tuvieron un reajuste de un 4,2% en la Remuneración Básica Mínima Nacional y en otros bonos. También los asistentes de la educación, pero solo del sector municipal, tuvieron un reajuste similar en su sueldo base.

2.- Si trabaja como encargada del programa Enlace y mantiene un contrato con el colegio, recibiendo por ello el bono de la ley 19.464, usted está contratada como Asistente de la Educación.

3.- Si trabaja en el sector particular subvencionado no le corresponde por ley el reajuste. No obstante lo anterior, sí le corresponde el reajuste cuando este es parte de algún convenio o contrato colectivo o bien porque su empleador le ha otorgado dicho beneficio durante a lo menos dos años por propia iniciativa, transformándose así en un derecho tácitamente adquirido.

4.- La única posibilidad de que usted reciba un reajuste inferior al 4,2% es que reciba por vez primera un reajuste a su sueldo y no esté siendo parte de ningún contrato o convenio colectivo que estipule la entrega del 100% del reajuste del sector público. En este caso el empleador puede otorgarle un reajuste diferenciado del resto del personal o simplemente no entregarle ningún reajuste al no haber un derecho tácitamente adquirido.

Feduc