lunes, 14 de noviembre de 2011

N°31: PAGO DE REMUNERACIONES EN COLEGIOS EN TOMA

Osorno - 14.11.2011: En el diario local de hoy se anunció que como resultado de las movilizaciones y tomas de los establecimientos, la subvención que ha ingresado a las municipalidades ha mermado por lo que será difícil pagar sueldo a los profesores de los liceos en toma. Mi consulta es, ¿cuáles serían los pasos legales a seguir si los sueldos no fueran cancelados en los próximos meses?. Catalina Muñoz

1.-  Las tomas de los colegios no autoriza el atraso o el no pago de las remuneraciones.

2.- Según la ley de subvenciones, se aplica una retención parcial o total de la subvención escolar si es que existe morosidad en el pago de la previsión o el sueldo de profesores o asistentes.

3.- Al existir atraso o no pago de remuneraciones procede una denuncia ante la Inspección del Trabajo (particulares subvencionados, D.L. 3.166 o corporaciones municipales) o la Contraloría General de la República (DAEM O DEM). Con la fiscalización realizada se acude al Mineduc y se solicita aplicar la ley de subvenciones.

4.- Es importante consignar que está en trámite una ley urgente para pagar la subvención a los colegios que han estado en toma.  La iniciativa legal establece que en los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, se considerará como asistencia media el mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011.

Feduc