martes, 8 de noviembre de 2011

N°24: CALCULO DE LA BRP

Quilicura - 08.11.2011: Según el Mineduc debería estar percibiendo por concepto de BRP y RM la suma apróximada de 66 mil pesos brutos. Sin embargo en mi liquidación de sueldo se declaran $ 41.410 brutos. También aparece un concepto de UMP por $ 24.631 brutos. ¿Está correctamente declarado? Ximena Pincheira

1.- El Mineduc no entrega al sostenedor todo el dinero de la BRP, tanto en la parte del título como de la mención.

2.- Por otra parte, la UMP ya no existe legalmente, aunque el sostenedor continúa por ley recibiendo los recursos a través de la subvención por asistencia del alumnado.

3.- El sostenedor debe legalmente pagar la BRP usando los dineros que mensualmente le llegan para el título y la mención del profesor y los dineros que le siguen llegando para la UMP,  que ya no se paga como tal. Es decir, la suma de los dineros por título y mención más la UMP nos da el valor total de la BRP.

4.- Hay que precisar que en la liquidación de sueldo debiera de aparecer todo como BRP y no desglosado una parte como UMP pues, como ya dijimos, dicho concepto ya no existe.

5.- Según nuestros cálculos una BRP con título y mención, por 30 o más horas de contrato, tiene un valor de $ 66.867 y no $ 66.041. Ver tabla de pago con valores en http://www.feduc.cl/valores.html

Feduc