lunes, 14 de noviembre de 2011

N°29: BRP CON "RETROACTIVO"

Maipú, Santiago - 14.11.2011: Según mi empleador sólo llegó la BRP retroactiva desde el mes de julio en adelante y por los otros meses no. Según lo que yo sé, es el empleador el que debe asumir el costo de los otros meses faltantes, pero desconozco la ley. Alejandra Cuevas

1.- De acuerdo al artículo 9 de la ley 20.158, corresponde al Ministerio de Educación fijar el procedimiento para acreditar el pago de la BRP. Conforme a dicho procedimiento, el sostenedor tiene hasta el día 25 de cada mes para ingresar los datos y responder la encuesta sobre los antecedentes de cada profesor requeridos para acceder a este beneficio.

2.- A modo de ejemplo, si usted entregó a su sostenedor los antecedentes requeridos para optar a la bonificación hasta el 25 del mes de noviembre y este a su vez los ingresó a la plataforma del Mineduc en el mismo plazo, recibirá en el sueldo del mes de diciembre el pago de su BRP. Si los entregó después del día 25 de noviembre, y su empleador cumplió con ingresarlos hasta el día 25 de diciembre el pago de su BRP se hará en el sueldo del mes enero.

3.- El pago opera tomando en consideración la fecha en que su sostenedor ingresó los antecedentes a la plataforma del Mineduc. No existe algún tipo de pago retroactivo en la actualidad.

4.- Procede una denuncia ante la Inspección del Trabajo si es que, habiendo entregado los antecedentes al sostenedor antes del día 25 del mes, usted no recibe su BRP al mes siguiente o habiendolos entregado después del día 25 no ha recibido el pago de su BRP al mes subsiguiente. 

5.- En el caso en consulta no corresponde que recién a esta fecha el sostenedor señale que "llegó el retroactivo de la BRP", pues según el procedimiento de acreditación y pago del Mineduc, los recursos para el pago de la BRP se trasfieren al mes siguiente de que el sostenedor ingresó los antecedentes del profesor, teniendo como fecha límite el día 25. Si su sostenedor señala que llegó el "retroactivo" del mes de julio en adelante, cabe suponer que ingresó sus datos al Mineduc a más tardar al 25 de junio de 2011, por lo que el Mineduc le transfirió los recursos a partir del mes de julio de 2011.

6.- Ahora, si usted considera que le corresponde un pago de la BRP anterior al mes de julio de 2011,  habría que demostrar con documentación que entregó sus antecedentes desde el 25 de mayo hacia atrás. Si logra demostralo, su sostenedor debe pagarle la BRP por todo el periodo, aunque este no haya ingresado sus antecedentes a la plataforma del Mineduc durante dicho tiempo. Una vez que el profesor ha hecho entrega de los anteedentes requeridos por ley para la BRP, es deber del sostenedor cumplir con los plazos indicados por el Mineduc para recibir los recursos que permitan pagar el beneficio. En caso de que no haya tal pago, usted deberá presentar una denuncia en la Inspección del Trabajo.

7.- Le sugerimos que consulte en http://www.feduc.cl/bonoreconocimiento.html el estado de los pagos hechos por el Mineduc para su BRP.

Feduc