miércoles, 26 de octubre de 2011

N°13: RBMN PARA EDUCADORAS DE COLEGIOS PREBASICOS

Santiago - 26/10/2011: Me gustaría saber si las educadoras de párvulos prebásico de un colegio particular subvencionado tienen derecho a la remuneración básica mínima nacional de los docentes de básica que es de $ 10.018 la hora, como lo establece el Estatuto docente y además consultar si por ser un colegio de prebásica particular subvencionado debemos regirnos por el estatuto docente. Alejandra Carvajal Flores.

1.- El Estatuto Docente señala que están afectos a dicha ley los profesionales de la educación que laboran en la educación Básica, Media y también en la prebásica de colegios particulares subvencionados, en los artículos que correspondan.

2.- La Remuneración Básica Mínima Nacional rige para los profesionales de la educación, incluidas las educadoras de párvulos, del sector municipal, particular subvencionado, particular pagado y del D.L. 3.166, que ejerzan en educación Prebásica, Básica o Media.

Feduc