miércoles, 26 de octubre de 2011

N°12: FORMA DE CALCULO DEL BONO DE LA LEY 19.464 DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION

Santiago - 26/10/2011. Los aguinaldos de fiestas patrias y de Navidad, ¿son imponibles? ¿Cómo se calcula los valores de la ley 19.464? En mi liquidación varían los valores y la explicación que me dieron no me dejo conforme.

1.- Los aguinaldos de fiestas patrias y Navidad no son imponibles.

2.- La dirección del Trabajo ha establecido que el bono de la ley 19.464 se calcula dividiendo en enero de cada año el 100% de los recursos recibidos por el colegio o liceo por el total de horas de asistentes de la educación contratadas a igual mes. El factor resultante tendrá validez por los doce meses del año y se multiplicará cada mes por la carga horaria de cada asistente de la educación, resultando así el valor que mensualmente el asistente recibirá por el bono de la ley 19.464.

3.- La misma Dirección del Trabajo ha señalado que el valor del bono de la ley 19.464 no puede variar en todo el año, independientemente de que varie la subvención respectiva para financiar el bono o de que haya un aumento en el número de horas contratadas.

Feduc