miércoles, 26 de octubre de 2011

N°11: PAGO DE BRP A EDUCADORA DE PARVULOS

Santiago - 26/10/2011 - Soy directora de una escuela de lenguaje con título de educadora de pávulos. Mi colegio recibió recién en septiembre el reconocimiento oficial y quisiera cosultar si tengo derecho a los BRP y a las leyes 19.410 y 19.933. Marcia Pavéz Alarcón

1.- Tienes derecho a la Bonificación proporcional financiada por las leyes 19.410 y 19.933.

2.- En el caso de la Bonificación de Reconocimiento Profesional, BRP, solo tienes derecho al pago del Título y no así de la mención. Lamentablemente tanto la educadora de párvulos como la educadora diferencial quedaron fuera del derecho a que se les pague la parte de la BRP por mención.

Feduc