lunes, 8 de julio de 2013

Nº97: NO PAGO DE BRP POR MENCION A EDUCADORA DE DIFERENCIAL

Agueda Elgueta - Estudié educación diferencial con Mención en TEA y licenciatura en educación en la Universidad de Playa Ancha. Resulta que hasta hoy,  luego de haber salido hace un año y estar trabajando, el contador del colegio en el cual trabajo nos informó que como al haber estudiado Educación Diferencial junto con la mención (dentro de los 5 años), esa mención no la pagarán... Entonces..., ¿está bien que ahora me descuenten esa plata de la mención que sí la estudié pero dentro de los 5 años de universidad?

- Los(as) Educadoras de Párvulos y los Educadores(as) de Diferencial no pueden optar a BRP por concepto de mención, porque las bases curriculares de educación diferencial y parvularia no distinguen subsectores de aprendizaje para dicho nivel de enseñanza. Las menciones según el Artículo 2º de la Ley 20.158, deben ser asociadas al título y corresponder a un determinado subsector 
de aprendizaje (educación física, biología, comprensión de la sociedad, etc.) o a un determinado nivel educativo (NB1, NB2, etc.).

- Suponemos que cuando hablas de "descontar" te refieres a que no te continuarán pagando la mención. Si ello es así, el no pago de la mención no sería por cómo la estudiaste  sino porque la ley que regula la BRP impide el pago de dicho beneficio a las Educadoras de Diferencial.


Feduc