viernes, 28 de junio de 2013

N°88: IMPONIBILIDAD DE LA BRP DURANTE PRE Y POSTNATAL

Independencia - Solange Rojas: El sostenedor me paga el BRP no imponible. Según mis averiguaciones es imponible. El tema es que estoy embarazada y quiero saber si durante mi licencia de pre y posnatal recibiré la BRP ya que al no ser cotizado quizás no sea pagada. 

- Efectivamente la Bonificación de Reconocimiento Profesional es imponible. El no hacerlo imponible es una falta de tu empleador que debe ser subsanada por el mismo o en su defecto denunciada ante la Inspección del Trabajo. No obstante lo anterior, corresponde que te sea pagada la BRP en el subsidio maternal que recibas durante el pre y postnatal, aunque el empleador haya incurrido previamente en la falta ya señalada. 

Feduc