miércoles, 26 de octubre de 2011

N°07: BONO DE ESCOLARIDAD

Santiago - 26/10/2011: Este año no recibí el Bono de Escolaridad. Entré a mi actual trabajo a fines de marzo y deseo saber si me corresponde este beneficio. Consulté a mi empleador y me señala que no corresponde puesto que al momento de ingresar al trabajo ya había realizado el listado de las personas beneficiadas.

1.- La ley 28.486 establece en sus artículos 13 y 14 un único bono de escolaridad de $ 50.218 que se pagará en dos cuotas, en  los meses de marzo y junio de 2011. Asimismo establece una bonificación adicional al bono de escolaridad de $ 21.005 para quienes reciben remuneración líquida igual o inferior a $ 525.000 al mes del pago de la primera cuota, es decir, marzo de 2011.

2.- La misma ley indica que el beneficio es solo para quienes registren cargas familiares.

3.- Para que un trabajador pueda acreditar una carga familiar deberá haber hecho el trámite ante la institución respectiva (Caja de Compensación).

4.- La entidad respectiva solo puede acreditar una carga familiar a partir del primer sueldo del trabajador.

5.- Independientemente de la respuesta dada por el empleador, la autorización de su bono de escolaridad solo habría procedido si se cumplen con los requisitos indicados anteriormente, cuestión que no era posible dado que recién en el mes de marzo usted ingresó a trabajar.

Feduc