lunes, 29 de julio de 2013

Nº 118: DESCUENTO DE BRP POR USO DE "PERMISOS ADMINISTRATIVOS"

  • Mauricio Fierro - Concepción: Trabajo en un colegio particular subvencionado. El mes pasado a las personas que pidieron permisos administrativos (tenemos derecho a 6 días de permiso administrativo por convenio colectivo) se les descontó parte de su BRP. Consultamos al administrador el por qué comenzó a hacer esos descuentos, lo único que dijo es que así se debía hacer ahora según el ministerio de educación ¿Es legal eso?, mas si esos permisos están presentes en nuestro convenio colectivo y nunca antes se nos habían descontado.

    1.- El Ministerio de Educación ha informado a los sostenedores que a partir de mayo de 2013 se descuenta en el pago de la BRP los días de licencia médica. 

    2.- El instructivo puedes revisarlo en nuestra sección "Biblioteca", sección "Documentos" 

    3.- Según el Mineduc, el pago de la BRP por los días de licencia se encuentra incorporado en el pago del subsidio por licencia médica.

    4.- El instructivo del Mineduc no hace alusión a los "permisos administrativos".

    5.- Por su parte la Dirección del Trabajo ha sostenido a través de un dictamen que corresponde descontar en el pago de la BRP los días de licencia médica por estar considerados en la base de cálculo del subsidio por licencia médica.

    6.- El mismo dictamen señala que también serán descontados en el pago de la remuneración los atrasos e inasistencias, por cuanto el trabajador deja de prestar los servicios para los cuales fue contratado. Al ser la BRP parte de la remuneración correspondería el descuento.

    7.- No obstante lo anterior, creemos que los "permisos administrativos" son un beneficio pactado con el empleador, por lo que su uso está debidamente aceptado por el mismo. No hay aquí un incumplimiento del contrato de trabajo, por lo que sostenemos que no correspondería rebajar del valor de la BRP los días en que los trabajadores han hecho uso de "permisos administrativos".

    8.- De no prosperar el diálogo con el empleador le sugerimos solicitar un pronunciamiento a la Dirección del Trabajo y, conforme a ello una fiscalización.

    Feduc