viernes, 6 de enero de 2012

N°61: DESCUENTO DE BRP HECHO POR LICENCIA MEDICA

Los Angeles - 06.01.2012: Soy profesora de un colegio particular subvencionado. Tengo 30 horas de contrato y recibo $ 50.150 de BRP. Durante septiembre tuve una licencia de nueve días, además de un día en que no acudí a trabajar. Me ha descontado diez días de trabajo y me han pagado una BRP por $ 30.433. Al consultar en la página del Ministerio me señalan que debí haber recibido $ 45.135 en el mencionado mes. ¿Podría ser que el contador haya puesto que he faltado menos días?, porque no comprendo la diferencia. María Antonieta Solis Morales

1.- El pago de la BRP por los días de licencia médica es de responsabilidad de la entidad pagadora del subsidio. El empleador sólo paga la proporción de la BRP por los días efectivamente trabajados.

2.- El dato entregado por el Mineduc no incorpora licencias médicas. Es el valor que se le entrega al sostenedor, menos los recursos que ya se le entregan vía ley 19.278 (ex UMP), para pagar la BRP.

3.- Le sugerimos que contacte al contador y le solicite una explicación acerca de los descuentos realizados. Si usted no queda conforme deberá acudir a la Inspección del Trabajo y presentar una denuncia por pago indebido de BRP.

Feduc